Son dos órganos reguladores coordinados:
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Regular el reconocimiento, la exploración y la extracción
Licitar los contratos de exploración y extracción
Comisión Reguladora de Energía
Regular el transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación
Transporte, almacenamiento, distribución y expendio de bioenergéticos
Generación de electricidad, transmisión, distribución y comercialización
Fomentar el desarrollo eficiente de la industria
Promover la competencia
Proteger los intereses de los usuarios
Propiciar una adecuada cobertura nacional
Atender a la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios
El Consejo de Coordinación del Sector Energético sirve apra coordinar ambos órganos reguladores, la Secretaría de Energía y las demás dependencias de la Administración Pública Federal.
Consulta las atribuciones de la Comisión Nacional de Hidrocarburos en los artículos 38, 39 y 40 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética
Consulta las atribuciones de la Comisión Reguladora de Energía en los artículos 41 y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética